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Hacer un buen uso de ella, sin sufrir ni obsesionarse, es decir, utilizando el agua con responsabilidad, sin malgastarla ni despilfarrarla, y aprovechando todas las oportunidades de ahorro. En el apartado «¿Sabías que...?» encontrarás una serie de consejos para conseguirlo.
Piensa que con unos buenos hábitos y con dispositivos reductores y de cisterna puedes llegar a ahorrar hasta un 50 % del agua que se gasta en casa.
Mucho. Gracias a la colaboración ciudadana y al esfuerzo de todos se ha conseguido atrasar las posibles restricciones. La suma de todos los pequeños esfuerzos está obteniendo resultados muy importantes.
Con lo que ahorramos de media en Cataluña (un 4 %) se puede garantizar el suministro para más de 6 millones de habitantes durante 1 mes.
Esta es una medida excepcional que sólo se aplicaría en caso estrictamente necesario. Tu ayuntamiento te informará previamente del conjunto de restricciones (incluyendo los cortes domiciliarios) redactadas en su plan de contingencia municipal. Debe recordarse que la entrada en situación de emergencia no comporta cortes domiciliarios inmediatos y que se están previendo medidas para evitarlos.
En el escenario actual, y aunque no lloviese en toda la primavera, la Agencia Catalana del Agua (ACA) no tiene previstas restricciones de suministro de agua potable en los domicilios hasta finales del verano, excepto lo que dispongan los planes de contingencia municipales una vez se haya entrado en la fase de emergencia.
El ayuntamiento o la entidad suministradora correspondientes son los responsables de avisar a la población con suficiente tiempo del carácter y la periodicidad de las restricciones previstas.
Si eres un particular, a tu compañía suministradora, y si sois una empresa o un negocio, a vuestro ayuntamiento, que es quien determinaría, llegado el caso, las medidas que deberían ponerse en marcha en el municipio.
El escenario de excepcionalidad 2 no afecta a las actividades económicas conectadas a redes de suministro, excepto si se requiere el uso de agua de la red para el riego, el llenado de piscinas y/o lo que establezcan los ayuntamientos en sus planes de contingencia o bandos municipales. En este caso sólo se puede utilizar fuentes alternativas, como agua depurada o regenerada, siempre que se encuentre al alcance. Para más información, dirigíos a vuestro municipio, o bien a la Agencia Catalana del Agua.
Tendréis que dirigiros a vuestro ayuntamiento para saber si las medidas previstas en el plan de contingencia municipal os afectan o no.
A partir del escenario de excepcionalidad 2, ninguna piscina puede llenarse con agua potable. Sólo se pueden llenar las piscinas públicas municipales con agua que no proceda de la red si el Ayuntamiento solicita la autorización a la ACA y tiene el informe sanitario favorable. En caso de que su municipio se encuentre en el escenario de excepcionalidad 1, le recomendamos que se dirija a su ayuntamiento para que le informe de las medidas de ahorro ya existentes, ya que es la Administración competente en la gestión, la distribución y el control del uso del agua doméstica en el ámbito municipal.
A partir del nivel de excepcionalidad 2 y mientras esté en vigor el Decreto de Sequía, y hasta que las cuencas de Cataluña recuperen la situación de normalidad.
Porque utilizan aguas procedentes de depuradoras o de pozos y depósitos de aguas freáticas, y disponen de las autorizaciones correspondientes. En ningún caso podemos utilizar agua de la red de abastecimiento.
La situación de sequía determina que debe garantizarse en primer lugar el abastecimiento doméstico al conjunto de la población. La Agencia Catalana del Agua ha puesto en marcha una serie de medidas paliativas para los regantes afectados.
Podéis dirigiros a vuestro ayuntamiento o a la compañía de agua e informarles de la situación.
La calidad del agua del grifo está garantizada en todo momento por las entidades suministradoras del servicio.
En el año 1953, cuando llovió sólo entre un 50 y un 60 % de lo que era normal. Las restricciones empezaron a mediados de mayo y el suministro se cortó cerca de un 30 % de las horas del día.
Para luchar contra los efectos negativos en la naturaleza y ayudar al mantenimiento de los ecosistemas fluviales, el Decreto de Sequía establece la obligatoriedad de respetar los llamados «caudales mínimos», es decir, el mínimo de agua para mantener la vida en los hábitats naturales en nuestros ríos.
Todos los gestos son bienvenidos para hacer frente común a la sequía:
Más preguntas, más información (cat)
Consultas que se actualizan periódicamente.

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